Una compañera del colectivo transfeminista Medeak ha denunciado esta semana haber sido agredida y vejada física, sexual, verbal y emocionalmente por un energúmeno que la abordó de improviso y sin motivo en una gasolinera. Su impresionante relato, rebosante de expresividad y franqueza, pone de relieve las limitaciones del sistema judicial para atender debidamente este tipo de ataques.
La especialista en violencia sexista y ex asesora jurídica del Ararteko (Defensoría del Pueblo Vasco) Miren Ortubay habló recientemente en unas jornadas celebradas en Tolosa sobre las limitaciones de la Ley de Violencia de Género y las deficiencias del sistema penal, a quien cree que la norma concede “excesivo protagonismo”.
Estas fueron sus conclusiones:
- “El sistema penal no es un buen aliado de las mujeres. No lo ha sido históricamente y no lo es ahora”.
- “Es un error confiar en el sistema penal, profundamente jerárquico y patriarcal, como principal respuesta a la violencia sexista”.
- Por todo lo anterior, “hay que utilizar la vía judicial como último recurso y articular apoyos previos a la denuncia”.
Aunque se centró en la ley integral y en el funcionamiento del sistema penal, Ortubay abordó también aspectos psicológicos y sociales de la violencia machista.
Una imagen le bastó para explicar las limitaciones del sistema penal: es un instrumento militar que está pensado para defender al grupo del enemigo (a diferencia del civil que se centra en los conflictos internos). De modo que “funciona mal cuando el ataque vienen desde dentro de la tribu y funciona menos cuando el que causa daño ostenta autoridad en el grupo, en este caso, el que simbólicamente en el inconsciente colectivo sigue siendo el cabeza de familia”.
Así que el sistema penal “no es un buen aliado de las mujeres” y es mejor recurrir a él sólo cuando la mujer está preparada, lo que no es fácil por las “particularidades del tipo de criminalidad” que representa la violencia sexista. La jurista se centró en la violencia en las relaciones de pareja –que es lo que únicamente la ley reconoce como violencia machista-, y dijo que el hecho de que exista una relación previa ente agresor y agredida “produce enormes diferencias respecto a otros delitos”.
“Procesos sicológicos complejos”
La primera, y quizás más importante, es la dificultad de la maltratada para reconocerse a sí misma como víctima de la violencia machista. Aún más complicado es reaccionar frente a ese hecho y romper la relación con el agresor. “Son procesos sicológicos complejos no lineales, que cursan entre dudas y temores, con pasos hacia adelante y atrás, en un desarrollo que se prolonga en el tiempo”, señala Ortubay. Debido a los mecanismos de socialización de las mujeres, éstas suelen tener sentimientos de fracaso y culpa muy difíciles de abordar “y más aún dentro de un sistema tan duro para las víctimas como el penal, que carece de tiempos, espacios e incluso lenguaje para que puedan expresar sus vivencias y demandas”.
Ante esa realidad tan compleja, la denuncia, debe ser, en su opinión, “el último paso, salvo en caso de riesgo inminente, y sólo es asumible cuando la mujer está preparada, sabe donde se mete y cuenta con una estrategia de autoprotección y apoyo para después de acudir al juzgado, que no es cuando acaba todo, sino cuando realmente empieza”. Cuando la vía penal se transita “sin garantizar información suficiente” a la mujer sobre su complejidad la victimización secundaria –violencia del sistema judicial- se convierte en “algo real”.
“Denunciar es rebeldía para el patriarcado”
El objetivo “casi único” del sistema penal es “el castigo de conductas prohibidas y esto no siempre coincide con los objetivos de las denunciantes”. Esta jurista cree que, en general, ellas “desean algo tan sencillo y difícil a la vez como liberarse de una relación de maltrato y no todas piensan que haya que castigar al padre de sus hijos o estigmatizarlo como delincuente”. Otras veces, “tienen un miedo racional y fundado a las reacciones violentas del agresor, que suelen ser mas intensas ante una denuncia”, ya que recurrir a ella “es un acto de rebeldía intolerable desde la lógica patriarcal”. Además, las mujeres “desconfían de la capacidad del Estado para defenderlas de un modo constante y eficaz”. De hecho, “en el momento de la denuncia, ni el agresor entra en prisión inmediata ni ella va a un piso de acogida”.
Ortubay entiende que, en todo caso, la denuncia “no es un fin, sino una herramienta en manos de la mujer”, que es quien debe decidir si se presenta y cuándo se presenta, aunque esto “resulte duro para las profesionales que la acompañan”.
Las “disfunciones del sistema penal” están resultando un “magnífico caldo de cultivo para mitos como el de las denuncias falsas”, además de propiciar “la desconfianza del sistema hacia ellas”.
El mito de las denuncias falsas
Pero la realidad no es esa. No suelen ser las mujeres agredidas quienes toman estas decisiones y “entonces sienten que no se las cree, que no se las escucha y que se las trata de incoherentes, cuando no directamente de mentirosas”. Son “disfunciones del sistema penal”, que están resultando un “magnífico caldo de cultivo para mitos como el de las denuncias falsas”, además de propiciar “la desconfianza del sistema hacia ellas”.
Existen otras limitaciones en los procesos judiciales que alimentan su ineficacia. Una de ellas es que se “trate de modo semejante conductas de distinta gravedad y significado”. En 2003, se estableció que toda violencia familiar es siempre delito. Con ello se quería proteger a las personas vulnerables, pero supuso “inconvenientes importantes para las mujeres”.
Banalización de los casos más graves
Una de las consecuencias de esta equiparación de conductas ha sido la “banalización de los casos más graves”, lo que supone que “auténticos delitos de tortura prolongados en el tiempo”, como son la violencia física y psicológica, se castigan con una pena similar a la violencia ocasional.
Además de “la desproporción que esto supone”, la consecuencia es que “la investigación policial o judicial se queda con lo primero, es decir, con la bofetada que deja marca o la amenaza por el móvil, que son fáciles de probar y suficientes para poner una pena de prisión o establecer una orden de alejamiento, lo que ahorra los recursos que se requerirían para probar la violencia habitual, de la que hay condenas escasísimas”, a pesar de que “todos los estudios indican que las mujeres soportan de 5 a 10 años de violencia” antes de hacerle frente.
En ese tipo de actuaciones rápidas y superficiales tampoco “se respeta la voluntad de la mujer y se la protege incluso contra su voluntad. Se la trata como menor de edad”. Ortubay destaca que hay muchos aspectos en los que el sistema penal le arrebata el protagonismo y decide por ella. “Por ejemplo, siempre que hay condena se establece el alejamiento obligatorio y la consecuencia es el incumplimiento sistemático y no hay Policía en el mundo capaz de supervisar esto”.
“Estamos malgastando recursos”
Para esta jurista “estamos malgastando recursos en lugar de centrarnos en los casos más graves y de mayor riesgo”. No sólo eso. Además, la mayor facilidad de las mujeres agredidas para echarse atrás en los casos más leves está generando una potente reacción antifeminista “desde distintos sectores sociales pero también desde la judicatura por lo que se percibe como una excesiva protección de las mujeres o una injusta dureza con los hombres”. Porque el hecho de que las mujeres denuncien y luego no mantengan la acusación “da lugar a sobreseimientos y absoluciones”.
Y en opinión de Ortubay, “son muchas y muy comprensibles las razones por las que las mujeres se resisten a denunciar la violencia, y son muchos y de peso los motivos por los que después de hacerlo se niegan a seguir colaborando con un sistema que no las escucha”.
“La constante demanda de nuevas leyes o de cambios legales responde al pensamiento mágico que pretende solucionar problemas sociales a golpe de publicaciones en el BOE”
Contradenuncias en aumento
Otro preocupante fenómeno relacionado con la reacción antifeminista es el aumento de las contradenuncias. Es decir, la denuncia del agresor a la agredida “por supuestas agresiones mutuas”, que es “una estrategia frecuente de la defensa del acusado”.
Esta especialista cree que la solución a la violencia machista no está en modificar las leyes para ampliar los tipos penales, aunque reconoce que los cambios legales son imprescindibles. “La constante demanda de nuevas leyes o de cambios legales responde al pensamiento mágico que pretende solucionar problemas sociales a golpe de publicaciones en el BOE, pero la realidad se resiste a ser cambiada así. La respuesta a problemas complejos debe ser compleja también”.
Limitaciones de la Ley Integral
El instrumento legal de que se dispone para intentar atajar el problema hoy por hoy es la ley integral de Violencia de Género. Ortubay opina que esta norma “supuso un hito, un avance innegable que ha permitido a muchas mujeres liberarse de relaciones violentas” pero también produce “cierta sensación de ineficacia porque no ha conseguido frenar el terrible número de asesinatos machistas”.
Lo atribuye a dos puntos débiles: “El restringido concepto de violencia de género y el excesivo protagonismo concedido a la respuesta penal”. En relación al primer punto, “la ley ciñe el ámbito de intervención a los hombres que han sido o son pareja” de la agredida y deja fuera “muchísimas manifestaciones de la violencia como la que se produce en parejas del mismo sexo y los ataques de otros hombres de la familia”, además de excluir violencias en el ámbito público como las agresiones sexuales realizadas por extraños o la trata de mujeres.