El falso Síndrome de Alineación Parental esquiva la ley

Las víctimas de la violencia de género cuentan desde 2014 con un instrumento jurídico que protege ampliamente sus derechos humanos: el Convenio de Estambul, promovido por el Consejo de Europa. Esa fecha es la de su entrada en vigor y lo es también la de la ratificación del Estado Español. Se trata de un acuerdo vinculante.

Desde entonces, un grupo de personas expertas de diferentes países reunidas en un organismo denominado GREVIO vigila su aplicación por parte de los distintos países y extiende recomendaciones para que ajusten sus legislaciones al tratado.

La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, inauguró hace unos días un curso de verano de la EHU-UPV sobre ‘Retos y desafíos en torno al Convenio de Estambul’ y se centró en su aplicación en el Estado español.

Antes de explicar las medidas de armonización puestas en marcha en los últimos años, detalló las recomendaciones que el GREVIO remitió al Estado en noviembre de 2020, aunque precisó que se referían a la situación hasta 2017, año precisamente de la puesta en marcha del Pacto de Estado contra la Violencia Machista. Para cuando se recibió el informe, pues, políticas públicas y normas en proyecto habían resuelto ya algunas carencias, según precisó.

Asignaturas pendientes

El informe del GREVIO insta a la coordinación interinstitucional en materia de violencia machista y Rosell reconoció que se trata de una “asignatura pendiente”, aunque señaló que se está elaborando un catálogo de referencia de políticas públicas y recursos y servicios de todas las comunidades autónomas.

El grupo de especialistas del Consejo de Europa insistía también en la transversalidad. Es decir, en la incorporación de medidas en todos las áreas y ámbitos institucionales sin ceñir las políticas exclusivamente a los organismos de igualdad.

Destacaba también la “gran brecha” existente en la legislación española respecto a la protección de otras violencias que quedan aparte de la producida en el ámbito de las parejas y ex parejas, que es la única amparada en la ley de 2004. Se trata de cuestiones como la violencia sexual, el acoso sexual, el matrimonio forzoso, la mutilación genital o el aborto y esterilización forzosos.

Asimismo, abogaba por la prevención y asistencia a mujeres expuestas a “discriminación interseccional”, y entre ellas Rosell citó a las discapacitadas, las de grupos minoritarios tales como las gitanas, las migrantes o solicitantes de asilo y mujeres del colectivo LGTBI.

El falso SAP

El GREVIO ha amonestado al Estado por la utilización del falso Síndrome de Alienación Parental (SAP), que la delegada del Gobierno señaló que persiste “incluso en comunidades autónomas avanzadas”.

Rosell reconoció que este constructo va mutando su denominación “conforme se van tratando de proscribir esas prácticas que, incluso, han determinado la retirada de la custodia a víctimas de violencia de género por no cumplir los regímenes de visitas”.

Se limitó a esos supuestos y pasó por alto otros casos sangrantes de aplicación de este falso síndrome por el que la ONU ha reprendido al Estado en varias ocasiones exigiendo el fin de esta tortura para las madres protectoras. Tampoco explicó qué otras medidas se barajan para responder a las demandas de los organismos internacionales sobre el SAP.

“Los poderes públicos tomarán medidas para impedir planteamientos teóricos o criterios sin aval científico”

A pesar de que el Estado ha ido adaptando la legislación al Convenio de Estambul para responder a las recomendaciones y exigencias del GREVIO, en lo que se refiere al falso SAP, Rosell mencionó una única medida genérica: el artículo 11.3 de la ley 2021 de Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que señala que “los poderes públicos tomarán las medidas necesarias para impedir que planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado síndrome de alienación parental, puedan ser tomados en consideración”.

Los casos denunciados por las madres con posterioridad a esa fecha demuestran que ese mandato legal no funciona. Que se hace la vista gorda a su mutación camaleónica. Es más, no sólo se ignora ese hecho, sino que se trata de validar el falso síndrome en ponencias, jornadas y congresos ‘científicos’.

Retirada de la custodia a maltratadores

Entre los avances contra la violencia machista, la delegada del Gobierno destacó que la legislación de 2021 prevé la retirada de custodia a los maltratadores y abusadores infantiles, ya sean culpables o a la espera de juicio. Contra esta medida se ha esgrimido que rompe con la presunción de inocencia. Rosell replica que una limitación no merma derechos fundamentales como el mencionado.

En cuanto a otras violencias menos tomadas en consideración, destacó que la ley conocida como la de ‘Sólo sí es sí’ (Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía integral de la libertad sexual) contiene un “enfoque de derechos interseccional y de la diligencia debida del Estado”.

Explicó que la última macroencuesta sobre violencia de género incluye todas las violencias y que se van a realizar estudios específicos sobre mujeres discapacitadas y gitanas. Los datos sobre feminicidios, a partir de ahora, también incluyen violencias más allá del ámbito de la pareja. El 016 abarca igualmente nuevos tipos de violencia.

Además, se ha puesto coto legislativo a la esterilización forzosa de mujeres discapacitadas, lo que reconoció como “exceso de la jurisdicción en la que hemos participado toda la carrera judicial y que no era respetuosa con los convenios internacionales de derechos de las personas con discapacidad”.

Mujeres, sujetos de derecho

La nueva ley de ‘Sólo sí es sí’ ha incluido asimismo la modificación del artículo 172 bis del Código Penal para facilitar la nulidad del matrimonio forzoso.

Esta norma ha mejorado asimismo el tratamiento del acoso y la ‘solicitud sexual’ en centros de internamiento y tutelados, y ha puesto el consentimiento en el centro, de modo que el artículo 178 define la agresión sexual como un acto sexual no consentido sin necesidad de fuerza o intimidación. “Es es la ley de ‘No es abuso, es violación’, porque de las mujeres no se abusa, se abusa de las cosas y las mujeres somos sujetos de derechos”, proclamó.

Rosell destacó el aumento del presupuesto dedicado a combatir la violencia con políticas de prevención, sensibilización, formación y actuaciones. Entre ellas, las partidas anuales que el Estado otorga a los Ayuntamientos y la entrega de 66 millones de los fondos de recuperación europeos a las comunidades autónomas para que abran centros de atención a víctimas de violencia sexual. Se espera, dijo, que cada provincia pueda contar con uno para finales de 2023.