Acosar a las mujeres que vayan a abortar es delito

El pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de inconstitucionalidad presentado por VOX contra la reforma del Código Penal que penaliza el acoso a las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo. La decisión posibilita que se pueda castigar con hasta un año de cárcel a quienes hostiguen a las mujeres que acuden a estas clínicas autorizadas.

La reforma del Código Penal fue aprobada definitivamente por el Senado en abril de 2022. Un nuevo epígrafe en el artículo 172 establece que se castigará con condenas de entre tres meses a un año de cárcel o trabajos para la comunidad a quien intente obstaculizar el derecho al aborto de una mujer mediante “actos molestos, ofensivos, intimidatorios, o coactivos que menoscaben su libertad”. La condena será la misma condena si el acoso es sobre el personal sanitario de la clínica.

La decisión del Tribunal Constitucional se ha tomado con el voto en contra de los cuatro integrantes del sector conservador del tribunal de garantías.

Rezos colectivos

Colectivos ultracatólicos tratan de coaccionar desde hace años a las mujeres que acuden a estas clínicas con diferentes estrategias: rezos colectivos junto a cruces gigantes situadas a las puertas de los centros, así como carteles y gritos con la frase ‘Aquí se matan niños’.

La clínica madrileña Dator, la primera autorizada para practicar abortos en el Estado, ha sido especial objeto de su activismo. Sus representantes explicaron en andra.eus que los ‘ultras’ colocaban frente a sus instalaciones un vehículo ecográfico en el que acababan introduciéndose algunas despistadas que después les llegaban “bloqueadas porque están estigmatizando su derecho”.